Faltan menos de 3 meses para que comience 2013. Un año que traerá cambios importantes en el esquema europeo de comercio de derechos de emisión (EU ETS, por sus siglas en inglés). Tres son los elementos más novedosos.
Primero. Imposición de objetivos de reducción de emisiones cada vez más exigentes para las instalaciones de los sectores afectados: generación de energía; refino de petróleo; siderurgia; vidrio; cal; cemento; papel y pasta de papel; tejas y ladrillos; petroquímica, amoníaco y aluminio; Producción de ácido nítrico, ácido adípico y ácido glioxílico; producción de aluminio; Captura, transporte y almacenamiento geológico de gases de efecto invernadero. La cantidad total de derechos de emisión se reducirá un 1,74% anual en comparación con la media de la cantidad total anual de derechos expedidos en 2008-2012, de manera que la reducción de emisiones entre 2005 y en 2020 será del 21%. La reducción continuará con posterioridad a 2020.
Segundo. Abandonando definitivo del reparto basado en las emisiones históricas para sustituirlo por un sistema de reparto basado en valores de referencia ó benchmark. ¿Cuáles son las implicaciones de este cambio de modelo? En primer lugar, desaparece el «trato de favor» que el criterio de las emisiones históricas daba a a las instalaciones menos eco-eficientes. En segundo lugar, disminuye la cantidad de derechos gratuitos que han percibido las instalaciones en relación a lo que percibieron cuando se empleó el criterio de las emisiones históricas. En un escenario de emisiones como el actual, las instalaciones que hasta ahora han mantenido sus emisiones por debajo del límite al que le autorizaban sus derechos deberán recurrir a la subasta para cubrir un potencial déficit de derechos. Eso tendrá efectos sobre los costes y la competitividad de esas instalaciones.
Tercero. Progresiva sustitución del modelo basado en la asignación gratuita de derechos por un sistema de reparto basado en la subasta. Que la sustitución sea progresiva significa que las instalaciones industriales con riesgo de fuga de carbono (es decir, instalaciones con competidores en terceros países no sujetos a limitaciones de carbono comparables) seguirán recibiendo gratuitamente la totalidad de sus derechos hasta el año 2020, mientras que las instalaciones no sujetas a riesgo de fuga de carbono recibirán de forma gratuita el 80% de sus derechos en el año 2013 y que esa proporción disminuirá anualmente hasta que sea del 30% en 2020 y del 0% en 2027. El sector de la energía – con la excepción de la calefacción de urbana o de distrito y la cogeneración de alta eficiencia para refrigeración o producción de calor – deberá comprar la totalidad de sus derechos en las subastas a partir de enero del año que viene. El resto de sectores tendrán aún algo de tiempo para ir adaptando sus estrategias de carbono a un modelo en el que, antes o después, deberán hacer frente a los gastos que supone la compra de unos derechos de emisión cuyo precio se prevé que evolucione al alza.
Con las nuevas reglas del juego, el EU ETS introduce nuevos elementos de riesgo con efectos determinantes en las cuentas de resultados de las compañías afectadas por el comercio de emisiones. Las compañías deberían integrar esos elementos de riesgo en sus planes de negocio, diseñando para ello estrategias de carbono que aumenten su capacidad para gestionar derechos y reducir emisiones.
Una buena estrategia de gestión de carbono tiene un alto valor añadido para una compañía. Debe contemplar y analizar, desde un punto de vista de negocio, actuaciones para limitar el consumo energético/ emisiones de la compañía, compensar las emisiones corporativas y gestionar la compra-venta de derechos de emisión (y créditos de carbono) de la organización. En su diseño y posterior aplicación deberá involucrase toda la compañía